#Derecho-Romano #familia-y-matrimonio
4.- Qué alcances tiene la Familia Romana
La familia agnaticia o civil comprende:
- Los que están bajo la patria potestad o la manus del jefe de familia, entre ellos y con relación al jefe. Por consiguiente, los hijos bajo patria potestad son agnados.
- De su padre.
- De su madre, siempre que ésta se encuentre in manu. De lo contrario, sólo son cognados de ésta.
- De sus hermanos bajo patria potestad y sus descendientes en la misma condición. Pero no de los que hubiesen salido de la patria potestad por emancipación, o de las mujeres que hubiesen pasado a la familia de su marido; ni de sus descendientes (de todos éstos sólo son cognados).
- De los extraños incorporados a la familia por medio de la adopción.
- Los que hayan estado bajo la autoridad de/jefe, y que lo estaría si aún viviese. El vínculo agnaticio no desaparece por la muerte del jefe, de modo que los agnados continúan vinculados luego de la muerte de éste.
- Los que nunca estuvieron bajo la autoridad del jefe; pero que lo estarían si éste viviese.